El Procurador General Ken Paxton presentó una moción para dictamen sumario hoy, en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Texas, instando a la corte a declarar que una Regla de la era Obama que prohíbe el financiamiento para grupos religiosos de bienestar infantil viola la Constitución, la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa.
En la presentación de hoy, el Procurador General Paxton se opone a un reglamento del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos. Conocido como Sección 75.300, este reglamento impide a ciertas organizaciones religiosas, incluyendo a la Arquidiócesis de Galveston-Houston, a participar en el sistema de crianza temporal de Texas. La regla amenaza el financiamiento federal de los estados que se asocian con las organizaciones religiosas. Tanto limitar el sistema de crianza temporal de Texas como reducir los fondos federales perjudican a los niños de Texas.
"Texas trabaja con un gran número de agencias de colocación de niños, y no podemos servir el mejor interés de nuestros hijos cuando el gobierno excluye ilegalmente a la mayoría de esas organizaciones. Rechazar a las personas con la capacidad y experiencia para ayudar a nuestros hijos, basándose únicamente en sus creencias religiosas, no sólo disminuirá el número de agencias de colocación de niños disponibles, sino que es una violación atroz de la libertad religiosa", dijo el Procurador General Paxton. "La cooperación entre los Estados y los grupos de fe es vital para garantizar que los niños de nuestro sistema de cuidado de crianza sean provistos de la mejor atención disponible y el hogar seguro y amoroso que se merecen".
En 2017, Texas promulgó el Proyecto de Ley 3859 de la Cámara, que protege la libertad religiosa de las agencias de colocación de niños y prohíbe al Estado otorgar o negar fondos a dichas organizaciones en base a sus creencias religiosas. Prohíbe a las entidades gubernamentales discriminar o tomar medidas adversas contra una agencia de colocación de niños si ese proveedor se niega a proporcionar, facilitar o referir a una persona para servicios de bienestar infantil que entren en conflicto con las sinceras creencias religiosas del proveedor. La ley de Texas también requiere explícitamente que, si una organización de bienestar infantil basada en la fe se niega a proporcionar un servicio particular bajo sus creencias religiosas, un proveedor secundario de servicios de bienestar infantil estará disponible.
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